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Hoxe é de 2006
(Agrupación Estradense de Defensa do Rural e Urbano )
SENTENCIAS
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Tamén se da acceso á sentencias do TSXG (Tribunal Superior de Xusticia de Galicia), e os Tribunáis doutras rexións e autonomías de España.

La Voz de Galicia.es20/6/2008.-El TSXG ordena demoler el párking de Lalín al anular el proyecto técnico. De perder en el TS el Concello asegura que evitará el derribo con un proyecto que cumpla, al que adaptará la obra

Román Rodríguez, edil de Urbanismo, anuncia que el Ayuntamiento presentará recurso de casación al Supremo


El TSXG acaba de estimar parcialmente el recurso interpuesto por la familia Carral en relación al párking subterráneo de Lalín, y anula de este modo el proyecto técnico básico y de ejecución de la obra de construcción del aparcamiento «por ser contrario a derecho, por lo que deberá ser demolida la obra realizada a su amparo». La sentencia apunta que la aprobación del proyecto resulta contraria a las disposiciones del PXOM por varias cuestiones. La más notoria el hecho de que «la superficie construida proyectada -y en mayor medida la realizada- que sobrepasa en más de un metro la rasante supone un coeficiente de edificabilidad notablemente superior al de 0,15 metros cuadrados por metro cuadrado del artículo 135.2 del PGOM, y tampoco se cumplen las determinaciones de su apartado 4a como se explica en los informes periciales, que también recogen otras infracciones, aunque puntuales y de mucha menor entidad, en lo que se refiere a los viales y a la altura de la construcción. Por ello la pretensión principal de la demanda tiene que ser acogida», explica.
El concejal de Urbanismo, Román Rodríguez, informó ayer en rueda de prensa de la sentencia, de la que facilitó copia a los medios. Rodríguez expuso el máximo respeto hacia la familia Carral, que defiende sus intereses. El edil señaló que la sentencia ratifica un fallo anterior en el mismo sentido «que fala de exceso de edificabilidade e de ocupación. Así que era previsible o fallo negativo, e o esperabamos nesta liña».
Aspectos a favor del Concello
Rodríguez dijo que el frente judicial del recurso era amplio, y aseveró que la sentencia da la razón al Concello en varios extremos, como la licencia de actividad, prescindir del estudio de detalle de rasantes reclamado por la familia, la validación del convenio urbanístico y la adjudicación y concesión administrativa del párking. Valoró que este último era un aspecto clave, ya que de perder, habría supuesto retrotraer todo el proceso de adjudicación.
El concejal de Urbanismo dijo que la clave del problema es un exceso de edificabilidad, derivado de una sobreelevación de 60 centímetros de la estructura del párking sobre la rasante: «Foi unha cuestión de medición técnica, que motivou un exceso de ocupación no espazo libre».
Pese a la contudencia del fallo de la sentencia, el gobierno local entiende que no puede desligarse de la anterior sentencia, del año 2003, que explicitaba que sería necesario derribar el exceso de edificabilidad, pero no todo el párking subterráneo.
Mensaje de calma
Por su parte, Román Rodríguez anunció ya que el Concello presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo: tiene de plazo hasta el 1 de julio para hacerlo. Si no se admite a trámite el recurso, o bien si dentro de 2 ó 3 años se produce un fallo en contra, el gobierno local optará por reducir edificabilidad en el párking. El Concello lalinense, en este caso, procederá a redactar un proyecto que cumpla las directrices del Plan Xeral, concederá licencia y adaptará el párking a dicha modificación. Los técnicos municipales empiezan ya a barajar posibles opciones: una de las factibles sería retrasar el muro que delimita el espacio infantil hacia el párking, dejando un soportal. Aunque podría suponer perder en torno a medio centenar de plazas, se reduciría la edificabilidad que ganó la construcción al sobrepasar la rasante, y tenerse que computar. Rodríguez dijo que son en torno a un millar de metros cuadrados los que habrá que reducir.
Rodríguez lamentó que por sobrepasar 60 centímetros la rasante «unha porcentaxe mínima para a altura do párking», haya que efectuar recortes en la última planta. Curiosamente, la concha acústica podría mantenerse en pie, aunque por el momento sigue sin poder usarse.

El gobierno se aferra al apartado de la sentencia en el que se habla de posibles legalizaciones

El gobierno local da por seguro que, pese al fallo recogido en la sentencia, el párking subterráneo de Lalín no corre ningún peligro de demolición. En este sentido, aluden al procedimiento habitual que se sigue ante sentencias de este tipo. Indican que, al anular el proyecto técnico básico y de ejecución de la obra, automáticamente se ordena la demolición; pero en la práctica, el proceso pasar por realizar un nuevo proyecto que cumpla todas las prescripciones, otorgarle de nuevo licencia y ajustar el edificio a la nueva licencia: de este modo, se elimina el exceso de edificabilidad y de ocupación máxima.
El concejal de Urbanismo se aferra también al propio texto de la sentencia, que en el apartado tercero de sus fundamentos de derecho alude a posibles legalizaciones, apartado en el que encaja la solución al conflicto del párking en caso de no prosperar la vía judicial en el Tribunal Supremo. La sentencia recoge, en este sentido, que «la anulación del proyecto lleva consigo como consecuencia natural, al igual que la de una licencia -sin perjuicio de posibles legalizaciones- la demolición de lo construido a su amparo y la imposibilidad de su uso, con la consecuente vuelta de las cosas a su estado anterior».
Falta otra sentencia
Román Rodríguez señaló que falta por saberse el fallo de otra sentencia, ya que tanto la familia como el propio Concello habían recurrido la anterior sentencia del 2003. El fallo del TSXG que anula el proyecto técnico básico y de ejecución del párking se produce tras el citado recurso de la familia Carral, indicó el concejal.

Faro de Vigo.es.-21 xuño de 2008.-La oposición pide al gobierno que adapte ya el parking a la legalidad. Cree un despilfarro de fondos públicos seguir con una pelea judicial que no tiene visos de prosperar

Manuel G. Aller. / bernabé


X.S.S. / LALÍN Los dos partidos de la oposición de Lalín coinciden en criticar la actitud del gobierno local ante la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que ratifica la ilegalidad urbanística del parking Europa. Tanto el portavoz municipal socialista, Manuel González Aller, como el nacionalista, Francisco Vilariño, consideran que sería más positivo abandonar ya una pelea judicial que no tiene visos de prosperar y empezar a elaborar el proyecto de adaptación de las instalaciones a la legalidad urbanística.
"A sentencia é demoledora, nunca mellor dito, xa que insta ao derribo do parking", señala el concejal del PSOE, para quien la resolución judicial "non deixa de ser unha nova mostra da ineptitude do goberno" de Xosé Crespo. El grupo socialista lamenta que el alcalde no depure responsabilidades políticas ante "infraccións urbanísticas evidentes" y cree "escandaloso" que el edil Román Rodríguez hable de "erro de medición técnica" en la altura del estacionamiento "cando todos os lalinenses decatábanse de que aquela construcción non parecía desde logo subterránea". También apunta al "cinismo" del concejal del PP al considerar aspectos favorables de una sentencia tan dura para el concello.
Aller apuesta por "coller o toro polos cornos e solucionar o problema en troques de dilapidar cartos públicos" en un proceso judicial que el propio gobierno local "non ten moitas expectativas de que prospere". En caso de perder la batalla judicial, destaca el "grave dano" que supondría para los lalinenses el derribo del parking o la modificación de su estructura en 1.000 m2, junto con el perjuicio que ya supone el no poder utilizar la plaza pública, un "espazo morto" que podría ser aprovechado para actividades de ocio. Aller solicita que, en caso de modificaciones, se recuperen las zonas verdes que incluía la plaza en el proyecto inicial y que se reforme la concha acústica, "proba de irrefutable feísmo urbanístico".
Por su parte, Franscisco Vilariño, que invoca responsabilidades políticas, incide en que el proyecto está "mal desde o principio" por un "considerable exceso de volume". También critica que el gobierno siga pleiteando cuando admite que la sentencia desfavorable era "previsible". "Por que segue empecinado en defender unha ilegalidade", se pregunta el edil del Bloque, que recientemente presentó una moción para reclamar el uso público de la Praza Europa. Advierte de que el recurso al Supremo podría elevar a una década el impedimento del disfrute de la plaza.
Por su parte, la empresa Portas y Acuña, concesionaria del aparcamiento subterráneo, declinaba ayer efectuar manifestaciones sobre el proceso judicial. "Preferimos no hacer ningún tipo de declaración", apuntaba su responsable, María José Portas.

 

 

A Estrada- PONTEVEDRA

FARO DE VIGO---22/09/2005--- EL ALCALDE DE A ESTRADA Y TRES EDILES DEL PP, JUNTO CON ANTERIORES CONCEJALES, SE ENCUENTRAN IMPUTADOS. La Audiencia Provincial retoma el proceso por presunta prevaricación del concello. El informe de la Fiscalía señala la existencia de indicios de delito en la acción del gobierno local.

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OURENSE

¿ABDUCIDO?

El CorreoGallego.es .-5-abril-2007.- -El TSXG declara ilegales centenares de viviendas en un barrio de Ourense ."El candidato popular no puede seguir en la actitud de que fue abducido durante todo este tiempo, "alguien se metió en mi cuerpo y no me enteré de nada", aseveró. El auto del juez afecta a centenares de viviendas de nueva construcción, zonas verdes y al nuevo edificio de la Policía Local . La sentencia "deja claro" que si el letrado que representa a los vecinos de A Ponte hubiese solicitado la anulación de todo el PXOM, "se le habría concedido". Los nacionalistas consideran que se trata de un problema de dimensiones "enormes" y proponen que el gobierno municipal "rehaga" el planeamiento urbanístico en la zona para lograr su aprobación, ya que calculan que el área podría alcanzar unos 100.000 metros cuadrados. Sánchez Vidal recriminó la modificación del PXOM en esa zona de la ciudad y culpó al gobierno municipal ourensano de propiciar un "trato de favor" hacia el promotor inmobiliario, en contra del "interés colectivo de los vecinos" de la zona. Acusó también al alcalde de Ourense, Enrique Nóvoa, de seguir gestionando esa modificación cuando era concejal de Urbanismo.

La Voz de Galicia.-4-abril-2007.- El TSXG anula parte del PXOUM ourensano a petición de un particular. La suspensión afecta a la urbanización de viviendas en una zona reparcelada.

El Pais.com.05/04/2007 .-El Tribunal Superior anula la urbanización de la zona de expansión de Ourense. El Ayuntamiento agrupó solares y concedió la edificabilidad a un promotor y las cargas a los vecinos. Sánchez Vidal asegura que el Ayuntamiento "amañó un acuerdo con un promotor de forma que aprobó la segregación del polígono urbano en varias parcelas y concedió a un promotor la destinada a la edificación mientras que a los particulares les concedió la otra en la que no sólo no les otorga edificabilidad, sino que les impone la cesión de los viales, el pago de la construcción de una carretera de 20 metros de ancho y el acondicionamiento de la zona verde". En el caso de que se apruebe el derribo de los cientos de edificaciones construidas, "el Ayuntamiento tendría que indemnizar con cantidades millonarias, de las arcas municipales, a los afectados", destaca el edil, "como consecuencia de una actuación de connivencia y trato de favor del grupo de gobierno hacia el promotor". Explica que la "operación especulativa" que el PP llevó a cabo en A Ponte consistió "en modificar en el plan el área de reparto a suelo urbano consolidado para no pagar la cesión a la que obliga la ley no hacer vivienda protegida ni pagar la urbanización".

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GONDOMAR

Si queres saber mais sobre Gondomar, pulsa aquí.

Faro de Vigo.es.-21-4-2007.-Los dos ex ediles de Gondomar se libran de la cárcel, pero se enfrentan a una inhabilitación El fiscal a cargo del caso de supuesta corrupción urbanística les imputa delitos de cohecho que no implican penas de prisión.

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CARBALLO

ANULADO por SENTENCIA XUDICIAL O PXOM DE CARBALLO

El Correo Gallego.-29-3-2007.- Polémica: Carballo no atendió los cambios que la Xunta propuso al PXOM El edil de Urbanismo califica de "chapuza" el documento aprobado en 2003 ·· Los informes de Carreteras, del arquitecto y el secretario municipal eran negativos ·· A pesar de ello todos los grupos votaron a favor del Plan Xeral

El Correo Gallego.-28-3-2007.- Una sentencia anula el Plan Xeral de Carballo aprobado en el 2003 .El TSXG entiende que los datos aportados por el Gobierno gallego son insuficientes ·· El Concello recurrirá ante el Supremo ·· Pedirá informes para conocer la repercusión sobre las licencias ·· La revisión del PXOM podría ser la solución .

Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anuló el Plan Xeral de Ordenación Municipal de Carballo que había sido aprobado en mayo de 2003. El fallo se produce tras un recurso presentado ese mismo año contra la aprobación de dicho plan, por parte del presidente de la Asociación de Vecinos San Cristovo, de Lema ( Baldaio), José Luis Pacoret Regueira.

LOS DATOS: Más de 20 recursosContra la aprobación del Plan Xeral de Carballo fueron presentados más de veinte recursos contenciosos-administrativos, algunos de los cuales ya fueron desestimados, y otros estimados en parte. Además, también los hay pendientes de resolución por parte del TSXG.

Contrario a DerechoEl fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acerca del recurso presentado por la entidad vecinal entiende que el acuerdo de aprobación del Plan Xeral "es contrario a Derecho".

Normas subsidiarias En caso de que el Tribunal Supremo ratifique la decisión del TSXG y la revisión del Plan Xeral no haya sido aprobada para entonces, el alcalde, Evencio Ferrero, señaló que se volverían a aplicar las normas subsidiarias anteriores al PXOM .

 

Silleda-PONTEVEDRA

La Voz de Galicia.com.-21-decembro de 2006.-El TSXG ordena a Fernández tramitar la demolición de parte de un edificio. El Concello, demandado por otorgar la licencia, puede recurrir el nuevo fallo judicial. Otorga un mes de plazo al alcalde de Silleda para iniciar el proceso, del que debe informarle. El anterior fallo judicial, dictado por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra, ordenaba la demolición de la cuarta planta y de dos metros del fondo de la edificación ya que tiene veinte y el Plan Xeral vigente pone el límite en dieciocho ya que no era legalizable. En la resolución, de finales de mayo y que fue recurrida, se anulaba además la licencia otorgada por el Concello de Silleda el 21 de abril del 2005 para legalizar el inmueble por el que hay litigio desde hace ocho años.

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PONTIÑAS-LALÍN-Pontevedra

Faro de Vigo-25 de noviembre de 2005-EN ESTE MOMENTO, LOS AFECTADOS PERCIBIRÁN 200 EUROS POR METRO Y 123 MÁS POR INTERESES Los terrenos del Pontiñas costarán más de 8 millones al retrasarse el pago

Faro de Vigo-25 de noviembre de 2005-La Xunta deberá pagar 200 euros por metro a los expropiados del Pontiñas

,La Voz de Galicia-25 noviembre-La Xunta recurrió en las distintas instancias las sentencias a favor de los vecinos

La Voz de Galicia-25 noviembre-Una valoración en función de las edificaciones del entorno

La Voz de Galicia-25 noviembre-La Xunta deberá pagar 7,2 millones por las expropiaciones del Pontiñas
Un auto del TSXG fija en 200 euros por metro el coste de las parcelas de la primera fase

 

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Santiago

LA HORA DE LA VENGANZA
El Correo Gallego.- 20 de decembro de 2006.-Palo judicial a Raxoi por el "raro" trazado del vial Sar-Pontepedriña

Se queres comentar esta noticia, podes facélo desde a noticia publicada no mesmo xornal. El Correo Gallego.- 20 de decembro de 2006

El Tribunal Superior de Xustiza tumba los cambios realizados en el proyecto original para atender las demandas de los vecinos de la calle Ulla ·· Entre los recurrentes figura el propietario del polémico chalé ilegal que fue derribado con el fin de construir el enlace

El desquite del dueño:.- José Mariño Codesido es uno de los que han demandado al Ayuntamiento por el trazado del vial Sar-Pontepedriña. Mariño tenía un chalé en la rúa Boqueixón. La finca disponía de un terreno muy amplio que se extendía hasta el río Sar. Mariño llegó a ofrecer completamente gratis algunas tierras por las que podría pasar este vial, salvando así su casa, pero no tuvieron efecto sobre el equipo de gobierno municipal. Desde Raxoi se decía, por aquellas fechas, que esta vivienda se había construido sobre una zona verde y sin ninguna autorización. El chalé de José Mariño Codesido fue finalmente demolido el 15 de enero de 2002. Mariño no quiso hacer ayer declaraciones, pero ya en 2002 había denunciado que en la construcción de este vial "se han incumplido muchas normas.

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MIÑO -A Coruña

La Opinioncoruna.27 de abril de 2006.- LOS JUECES ESTIMAN LA DEMANDA CONTRA UNA PROMOCIÓN DE 1.500 VIVIENDAS Un tribunal anula la concesión a Fadesa de una urbanización en Miño

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EOLICAS

Sentenza pioneira
Galicia Hoxe.-15-2-2007.-Unha eólica de Chantada, obrigada a pagarlles a propietarios. Os afectados por un parque eólico de Enerfín en Chantada, satisfeitos pola sentenza do Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que obriga á empresa a remuneralos de xeito satisfactorio. Reclaman un 10% dos beneficios polo 1% que reciben actualmente .- A ASOCIACIÓN DEMANDANTE- Ventonoso: “A actual Xunta expolia os terreos”

Lavozdegalicia.es.-17-abril-2007.-PARQUES
Productores eólicos y propietarios de montes cargan contra la Xunta. Las grandes empresas tachan de «ilegal» el decreto de Industria y ultiman otro recurso

Los dueños de los terrenos exigen obtener un 10% del beneficio de los futuros parques

Endesa, Iberdrola, Eurovento y Acciona tienen el 50% del pastel .Advierte de que no es jurídicamente defendible que quien decide las concesiones se quede con el 10% de cada proyecto, y califican de «contrasentido» que Industria pueda conseguir un beneficio tan alto cuando ellos sólo ganan un 1%. Además, recuerdan que con el nuevo marco regulatorio la consellería puede iniciar una expropiación contra los vecinos una vez que el proyecto sea declarado de utilidad pública. «Esto nos deixa sen capacidade negociadora coas empresas e imos alegar; hai que recordar tamén que en caso de desacordo no precio quen fixa a indemnización é o xurado único de expropiación que, como o Inega, forma parte da Administración», explica Jacobo Feijoo, portavoz del colectivo.

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VIGO

Faro de Vigo.-9 de maio de 2007.-ROSALÍA DE CASTRO ES LA ZONA DONDE SE CONCENTRA LA MAYORÍA DE LAS PROPIEDADES

Más de 1.500 viviendas están afectadas por fallos judiciales que anulan licencias



simón espinosa / foto: miguel Núñez

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia rechazó el recurso municipal contra la sentencia de un edificio en A Pastora.
SENTENCIA
La Voz de Galicia.-15-2-2007.-El Tribunal Supremo ilegaliza en Vigo el mayor centro comercial de Galicia
El recinto incluye también cuatro torres que totalizan más de 300 viviendas.
La inversión para ejecutar el conjunto superó ampliamente los 200 millones de euros. El PSOE y la Xunta del PP impugnaron esta iniciativa . El revés se suma a los 2.000 pisos que ya están pendientes de derribo por sentencias

 

Expansión, viernes 23/05/2003 .-Madrid se enfrenta a una indemnización millonaria por expropiaciones indebidas. En aquel momento se estableció un pago por expropiación de 2,51 euros por metro cuadrado, que tras un proceso de negociación se incrementó hasta 10,8 euros. después de una sentencia del tribunal superior de justicia de madrid de 1994, la cantidad se ha acabado elevando hasta 48 euros por metro cuadrado: 1,38 millones de euros para el total de 21.000 metros cuadrados propiedad de las familias. mientras, el ayuntamiento acabó beneficiándose de un precio final de venta de, al menos, 213 millones. pese a ello, hasta ahora el ayuntamiento se ha negado a pagar por lo que los denunciantes han exigido el embargo de las cuentas municipales, proceso que en este momento se encuentra en tramitación

El Correo Gallego.15-2-2006.--Los últimos "rebeldes" del Castiñeiriño logran chalés
El IGVS logra cerrar un acuerdo entre los vecinos del sunp 13 y la cooperativa Combarro ·· Los propietarios recibirán una vivienda unifamiliar a cambio de sus casas . Los propietarios del sunp 13 de O Castiñeiriño recibirán viviendas unifamiliares a cambio de sus actuales casas y terrenos, sin tener que pagar ninguna cantidad a mayores por ellas.

La Voz de Galicia.es-09/03/2007.-SANCIÓN EN VIGO . Vivenda pide 3,6 millones a un promotor por cobrar de más por pisos protegidos .La medida responde a la denuncia colectiva presentada por 41 demandantes.

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SENTENCIAS

A Estrada- PONTEVEDRA

FARO DE VIGO---22/09/2005--- EL ALCALDE DE A ESTRADA Y TRES EDILES DEL PP, JUNTO CON ANTERIORES CONCEJALES, SE ENCUENTRAN IMPUTADOS

La Audiencia Provincial retoma el proceso por presunta prevaricación del concello

El informe de la Fiscalía señala la existencia de indicios de delito en la acción del gobierno local.


Ana Cela / A ESTRADA
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de A Estrada, que instruye la causa penal a instancia del grupo municipal del BNG contra miembros de la junta de gobierno local y del alcalde estradense, Ramón Campos, por un presunto delito de prevaricación administrativa, dictó un auto que da continuidad en la Audiencia Provincial de Pontevedra a las diligencias de un proceso iniciado hace más de una decena de años. La resolución judicial se fundamenta, según ayer explicaron fuentes pertenecientes al Bloque estradense, en el informe elaborado por la Fiscalía en el que se aprecian indicios de delito en todos los imputados.
Cabe recordar que el proceso y la situación descrita por el fiscal se deriva de la concesión de licencias declaradas ilegales por el Tribunal Supremo en mayo de 2002 de un edificio de la rúa Pérez Viondi y de parte de la céntrica calle Justo Martínez. Para el primer caso, al que se achacan alturas ilegales, los políticos locales se ampararon durante sus declaraciones ante el juez en la existencia de un informe favorable elaborado por un técnico externo al concello.
Imputados
Las citadas diligencias se incoaron en virtud de la denuncia de un particular por una supuesta prevaricación administrativa por la que fueron imputados, además del regidor local, el actual concejal de Urbanismo, José Manuel Reboredo; el edil de Rural, Manuel Somoza; el concejal de Facenda, Manuel Arca; así como anteriores integrantes del gobierno local, caso de Alfonso Uzal, Mario López y de los fallecidos Manuel Bernárdez y Manuel Coto Ferreiro, entre otros.
Del informe remitido por el fiscal al juzgado estradense se desprende, tal y como subrayó el BNG, que "los hechos denunciados pueden ser constitutivos de un delito de prevaricación urbanística o de prevaricación administrativa presuntamente cometidos por todos y cada uno de los imputados en la presente causa penal". La fiscalía señala que los "miembros de la corporación local de A Estrada votaron a favor de los acuerdos de naturaleza o materia urbanística claramente contrarios a la normativa vigente en la localidad de A Estrada en aquella época (años 1993, 1994 y 1996), en concreto de las Normas Subsidiarias Municipales de Planeamiento de esta villa de 1978".
El documento elaborado por la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra prosigue aludiendo al hecho de que existen sentencias del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que condenan a la administración local por su actuación urbanística "totalmente contraria al derecho vigente en los asuntos relativos a la modificación de unas normas subsidiarias municipales en el acuerdo de la atribución de unas condiciones de edificación que no se correspondían con la anchura de la vía o la calzada pública a la que hacía frente la edificación para la que se pedía licencia de obra".

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19/09/2005---Privación de libertad e inhabilitación

El grupo municipal del BNG, personado en esta causa como acusación, destacó ayer que el informe del fiscal apunta que las penas máximas a las que podrían ser condenados los imputados en este presunto delito de prevaricación no superarían los nueve años de privación de libertad. También se podrían imponer sanciones económicas e inhabilitación especial para empleo o cargo público.
No obstante, el fiscal deja clara su consideración de que las penas previstas para este delito "son en todo caso inferiores a las penas máximas (por las anteriormente citadas) que aparecen contempladas en el ámbito material de este procedimiento abreviado".
Dudas en Pérez Viondi
En otro orden de cosas, la Fiscalía entra en su análisis de los hechos a realizar una valoración de las presuntas irregularidades urbanísticas. En referencia al edificio de Pérez Viondi, el fiscal entiende que "es el que presenta más dudas de tipo técnico, ya que la solución parece a primera vista una salida correcta desde el punto de vista legal y estrictamente arquitectónico". "La solución o el acuerdo municipal pudo ser incorrecto pero quizás no arbitrario, abusivo y retorcido jurídicamente puesto que podía responder a una justificación técnica y a un argumento legal sustentado en las facultades de armonización o uniformación de las alturas y otras condiciones urbanísticas de ciertas calles".

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La Voz de Galicia--22/09/2005-El gobierno estradense será juzgado por tres denuncias urbanísticas de los noventa

El juez traslada a la Audiencia las diligencias, tras informar el fiscal que hay indicios de delito por prevaricación

La presunta ilegalidad afecta a la rúa de los cines, chalés y un edificio en Pérez Viondi

(Firma: F. S. Cordón | Lugar: a estrada)
El auge urbanístico que vivió la villa estradense en los noventa quedó empañado parcialmente por algunas denuncias urbanísticas ante acuerdos municipales y licencias que podrían rozar la ilegalidad. Casi todas acabaron archivadas, pero uno de los pleitos siguió adelante y llega ahora a la Audiencia Provincial, con una seria amenaza judicial para quienes adoptaron aquellos acuerdos, la práctica totalidad de gobernantes municipales de entondes, de los que varios siguen en activo en el gobierno local, como Ramón Campos, Somoza, Reboredo o Arca.

Las denuncias del BNG señalaban que existían ilegalidades en decisiones y permisos municipales para los chalés construidos junto a la iglesia, catalogación de la calle donde están actualmente los cines como prolongación de Losada Diéguez -decisión que permitía dar más edificabilidad a las futuras construcciones- y alturas concedidas a un edificio en la calle Pérez Viondi considerando que el inmueble formaría parte de la plaza de A Farola.

El juzgado de Primera Instancia de A Estrada dictó hace poco más de un mes un auto, relativo a estos casos, por el que da continuidad a las diligencias, tras un informe del fiscal que aprecia indicios de delito en todos los imputados. En concreto, se estima la presunta comisión de delito de prevaricación urbanística o administrativa, indicando además que las penas máximas a las que podrían ser condenados son de nueve años de privación de libertad, con multas e inhabilitación.

El caso seguirá ahora en la Audiencia Provincial, a la espera de que el fiscal presente -si corresponde finalmente- su acusación y petición de penas. Habrá juicio en la Sala de lo Penal.

Las partes fueron informadas el pasado día 12 sobre el auto, contra el que se puede interponer recurso de reforma y de apelación.

Hace tres años, el Tribunal Supremo desestimó un recurso del Concello estradense -contra un fallo del TSXG que apreciaba ilegalidad en los acuerdos urbanísticos- dándole la razón a las denuncias del BNG estradense, que logra ahora abrir un proceso penal en la Audiencia.

Las denuncias llegan ahora a dicha vía penal tras un largo y complejo proceso con resoluciones administrativas.

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La Voz de Galicia- 20 de febrero de 2003

Seis ediles del PP estradense declaran esta mañana en el juzgado por la querella urbanística El BNG decidió dejar al margen de su acusación a Palmou, quien también votó a favor de aquellas propuestas, porque consideró que al ser aforado, podría complicarse y retrasarse todo el proceso

Seis concejales del actual grupo de gobierno del Concello de A Estrada, que votaron en la anterior legislatura a favor de unos acuerdos urbanísticos relativos a alturas de edificios, declaran esta mañana en el juzgado estradense por estar imputados en la querella presentada por el BNG local en relación a dichos acuerdos.
El alcalde estradense también fue llamado a declarar, pero está convaleciente de una enfermedad y acudirá al juzgado dentro de unos días. Sí lo hacen hoy, a partir de las once de la mañana, Somoza, Bernárdez, Uzal, Reboredo, Arca y Mario López. El BNG decidió dejar al margen de su acusación a Palmou, quien también votó a favor de aquellas propuestas, porque consideró que al ser aforado, podría complicarse y retrasarse todo el proceso.Los acuerdos urbanísticos denunciados afectaban a un edificio de la calle Pérez Viondi y tramo de Justo Martínez.

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Logo de once anos...
Xoves 22 de Setembro de 2005 - 12:44

http://www.benega.info/aestrada

O Xulgado de Primeira Instancia e Instrución nº 1 da Estrada que instrúe a causa penal (Dilixencias Previas P.A. 665/1994), a intancias do BNG, polo “presunto delicto de prevaricación administrativa” contra os membros da Comisión de Goberno do Partido Popular da Estrada, na que están imputados o Alcalde, Sr. Ramón Campos, o actual Concelleiro de Urbanismo, Sr. Reboredo Baños, o actual Concelleiro de Facenda, Sr. Arca Castro e o Concelleiro de Rural, Sr. Somoza Carbón, entre outros, dictou un Auto que dá continuidade ás Dilixencias, ao ter informado o Fiscal que aprecia indicios de delicto en tódolos imputados, en concreto estima a presunta comisión do delicto de prevaricación urbanística (Art. 320 do Código Penal) ou de prevaricación administrativa (Art. 404 do Código Penal), indicando que as penas máximas as que poderían ser condenados son de nove anos de privación de liberdade, e outras de multa e inhabilitación especial para emprego ou cargo público.

Queremos salientar, tras 11 anos de proceso, a continuidade deste preceso xudicial tras o Informe da Fiscalía, e que segudo nos informa o noso Asesor Xurídico terá continuidade nesta fase na Audiencia Provincial, onde se celebrará o xuízo.

Máis información sobre o asunto da sentencia xudicial

El Correo Gallego, 12 de julio de 2006.

Urbanismo de A Estrada, a juicio
El fiscal pide 16 años de inhabilitación y una multa de 19.440 € para ediles del PP por presunta prevaricación en los 90 ·· Entre los imputados por tres licencias: Campos y tres concejales del gobierno actual ·· El Supremo declaró ilegales las obras por la denuncia del BNG

Faro de Vigo, 12 de xullo de 2006

LA AUTORIDAD JUDICIAL DESESTIMA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA SOLICITADO POR LA DEFENSA. El fiscal pide inhabilitación para Campos y ediles del PP por presunta prevaricación

La Voz de Galicia, 12 de xullo de 2006.

Piden inhabilitación para el gobierno estradense de 1993 por el urbanismo
Un auto del juez señala que procede celebrar una vista por presuntos delitos de prevaricación

BNG- A Estrada.-O Fiscal solicita 8 anos de inhabilitación para o Alcalde e os Concelleiros do PP

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La Voz de Galicia.-16/09/2005 | Deza-Tabeirós .-Exigen el derribo de una casa en Codeseda
Un auto del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) del día 5 exige al Concello de A Estrada la ejecución de la sentencia de derribo de una vivienda unifamiliar situada en Currelos, en la parroquia estradense de Codeseda. El auto desestima el recurso presentado por los propietarios del inmueble ante el Constitucional y hace un exhorto al alcalde, Ramón Campos, para que ejecute la sentencia de inmediato. De lo contrario, incurriría en un delito de desobediencia.

Faro de Vigo.es.- 15/07/2006.-El TSXG ratifica que hay que ejecutar la demolición de una casa en Codeseda



Una vista, en primer término, de la casa que ordena derribar el TSXG. /BERNABÉ


Da la razón al concello al resolver el incidente de inejecución que presentó el dueño de la vivienda.

Silvia Pampín / A ESTRADA
Un auto del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de ratificar que hay que ejecutar la demolición de una casa en Codeseda. La junta local de gobierno de A Estrada tendrá conocimiento el lunes de este auto con el que el Alto Tribunal da la razón al concello al resolver el incidente de inejecución presentado por el dueño del inmueble. Éste pedía que la ejecución de la demolición se suspendiese hasta que se resolviese definitivamente el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM).
El TSXG estima que la vivienda unifamiliar no es legalizable y determina que debe demolerse, como ya había ordenado el Alto Tribunal gallego a principios de septiembre de 2005 tras recibir la notificación del Tribunal Constitucional en la que éste le comunicaba la inadmisión del recurso de amparo que había presentado hacía seis meses el propietario de la vivienda sobre la que pesa la orden de derribo, R.P.O, contra la inadmisión del recurso de casación en el que se solicitaba cautelarmente la suspensión de la ejecución de sentencia.
Entonces, el auto del TSXG ordenaba que la ejecución del derribo de la vivienda se realizase bajo la directa supervisión del alcalde de A Estrada, Ramón Campos. Asimismo, el documento judicial también incluía un apercibimiento en virtud del cual el alcalde debería deducir testimonio, informando periódicamente al Alto Tribunal Gallego de la evolución de la ejecución del derribo. En caso contrario, incurriría en delito de desobediencia, según se advertía en el texto del propio auto judicial.
Un largo conflicto
En cuanto a la casa en cuestión, se construyó con una licencia de galpón en las cercanías de la carretera que enlaza A Estrada y Forcarei a la altura de Codeseda delante de otra vivienda cuya dueña denunció la construcción de este inmueble. El concello paralizó la obra pero, al presentar la parte demandada proyecto de legalización, finalmente concdió licencia a la edificación en 1998.
Entonces la denunciante, a través del bufete Sánchez Campos, interpuso la correspondiente demanda en el Contencioso-Administrativo del TSXG contra el acuerdo de concesión de la licencia de legalización adoptado por el gobierno local. Finalmente, el Alto Tribunal gallego dictaba el 20 de diciembre de 2002 una sentencia que anulaba la licencia de legalización y condenaba al concello a demoler la vivienda.
Esta sentencia fue recurrida por la parte demandada ante el Tribunal Supremo, que acabó ratificando la sentencia del TSXG. Después de que el gobierno local designase al edil de Urbanismo como instructor del expediente de derribo, el dueño de la vivienda recurrió al Constitucional. Éste no admitió su recurso.

 

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OURENSE

El CorreoGallego.es .-5-abril-2007.- -El TSXG declara ilegales centenares de viviendas en un barrio de Ourense ."El candidato popular no puede seguir en la actitud de que fue abducido durante todo este tiempo, "alguien se metió en mi cuerpo y no me enteré de nada", aseveró. La sentencia "deja claro" que si el letrado que representa a los vecinos de A Ponte hubiese solicitado la anulación de todo el PXOM, "se le habría concedido". Los nacionalistas consideran que se trata de un problema de dimensiones "enormes" y proponen que el gobierno municipal "rehaga" el planeamiento urbanístico en la zona para lograr su aprobación, ya que calculan que el área podría alcanzar unos 100.000 metros cuadrados.
El auto del juez afecta a centenares de viviendas de nueva construcción, zonas verdes y al nuevo edificio de la Policía Local ·· El Bloque dio a conocer ayer el fallo, aunque había sido dictado el pasado 5 de marzo
EUROPA PRESS • OURENSE

En primer término, el edificio que alberga la sede de la Policía en el barrio ourensano de A Ponte
FOTO: La Región
Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado ilegal una parte del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) del barrio de A Ponte de la ciudad de Ourense. La zona afectada incluye centenares de viviendas de nueva promoción entre las calles Basilio Álvarez, As Caldas y Xesús Pousa, zonas verdes e incluso la nueva sede de la Policía Local ourensana.

La sentencia fue hecha pública ayer por el grupo municipal del BNG en el Ayuntamiento de Ourense, aunque fue dictada por el juez con fecha 5 de marzo de este año, después de que unos vecinos de A Ponte presentasen un recurso contra una reparcelación de la zona que el ayuntamiento concedió a un promotor de la construcción en el año 1998. Por aquel entonces ocupaba la cartera de Urbanismo en el Ayuntamiento de Ourense Ricardo Campo Labrador, quien, según los nacionalistas, modificó "puntualmente" el PXOM para esa zona de A Ponte.

La sentencia invalida ahora este acuerdo y, como consecuencia, todas las actuaciones inmobiliarias realizadas, dotaciones, espacios públicos, así como zonas verdes, se encuentran en la actualidad en situación de ilegalidad. El candidato del BNG a la alcaldía de Ourense, Alexandre Sánchez Vidal, compareció en una rueda de prensa en la que aseguró que la sentencia del Alto Tribunal afecta a "dotaciones públicas fundamentales", como el edificio de la Policía Local, "que está incluido en esta área de planeamiento".

Proceso de reparcelación

Asimismo, la decisión judicial también atañe a zonas verdes "previstas" o a un nuevo vial de la zona, como es la calle Basilio Álvarez, que comunica ésta con la estación de ferrocarril que, en un futuro, será la estación del AVE. El candidato nacionalista explicó que esta situación es "consecuencia" de un proceso de "reparcelación" de 1998, cuando un promotor "pide una modificación puntual" de un área de actuación "conjunta" que databa del planeamiento de 1986.

Así, Sánchez Vidal manifestó que el grupo de gobierno del Ayuntamiento de Ourense "concedió" esta petición del promotor y que, por aquel entonces, los nacionalistas ya "advertimos" de los problemas que esta situación produciría en un futuro. "Significa trasladar todos los beneficios urbanísticos a ese promotor y las cargas urbanísticas de dotaciones públicas a una serie de familias de A Ponte", aseveró.

Sánchez Vidal recriminó la modificación del PXOM en esa zona de la ciudad y culpó al gobierno municipal ourensano de propiciar un "trato de favor" hacia el promotor inmobiliario, en contra del "interés colectivo de los vecinos" de la zona. Acusó también al alcalde de Ourense, Enrique Nóvoa, de seguir gestionando esa modificación cuando era concejal de Urbanismo.

Abducido

En este sentido, el candidato del BNG explicó que Enrique Nóvoa "gestionó todo el proceso que después llevó a esta sentencia" y aunque tuvo "oportunidad" de resolver esta situación, "no lo hizo". "El candidato popular no puede seguir en la actitud de que fue abducido durante todo este tiempo, alguien se metió en mi cuerpo y no me enteré de nada", aseveró.

Además, Sánchez Vidal aseguró que la sentencia "deja claro" que si el letrado que representa a los vecinos de A Ponte hubiese solicitado la anulación de todo el PXOM, "se le habría concedido". Los nacionalistas consideran que se trata de un problema de dimensiones "enormes" y proponen que el gobierno municipal "rehaga" el planeamiento urbanístico en la zona para lograr su aprobación, ya que calculan que el área podría alcanzar unos 100.000 metros cuadrados.

AVALES TÉCNICOS Y JURÍDICOS Alcalde y promotor recurren al TS

El Ayuntamiento de Ourense y el promotor presentaron sendos recursos contra la decisión del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) de anular la parcelación aprobada en 2003 por la Xunta de Galicia par el barrio de A Ponte. El alcalde alegó contar con el respaldo de informes jurídicos y técnicos.

Mientras que el Bloque estimó que la superficie afectada por la sentencia es de 50.000 metros cuadrados, el regidor municipal explicó que afecta "sólo a una esquina con dos edificios". Según recordó a Efe, la parcelación de esos terrenos requirió una modificación puntual del PXOM que se aprobó en un pleno municipal de 2003 con los votos a favor de PP y PSdeG y la abstención de los concejales nacionalistas. Tres meses después, la Consellería de Política Territorial dio su aprobación definitiva al plan general, incluyendo la modificación realizada por el Ayuntamiento, según Enrique Nóvoa, y con el respaldo de los informes jurídicos y técnicos.

La construcción continuará

"Salvo en la esquina afectada, la construcción en la zona continuará y seguimos adelante con la decisión de sacar a concurso público la construcción de un aparcamiento subterráneo", añadió el alcalde.

La relación a las responsabilidades de la actuación ahora anulada por el TSXG, Nóvoa recordó que él no era concejal de Urbanismo en aquel momento. "Sólo quiero manifestar mi respeto a las familias afectadas, a las que conozco, y que no son cientos ni mucho menos, como dice el BNG" .

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La Voz de Galicia.-4-abril-2007.- El TSXG anula parte del PXOUM ourensano a petición de un particular

La suspensión afecta a la urbanización de viviendas en una zona reparcelada.

(Firma: Redacción digital)
Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia anula una parte del PXOUM de Ourense que afecta a la urbanización del barrio de A Ponte de la ciudad donde se ubica un edificio de la policía y estaban proyectadas varias viviendas.

La denuncia partió de un particular y tiene relación con la reparcelación de un área urbana. El TSXG da la razón al denunciante y declara nula la modificación del plan en relación a esta actuación, que fue acometida en el año 2003.

Aunque la anulación se refiere a dos parcelas concretas, el BNG ourensano ya ha alertado que por extensión alcanza a la planificación de toda la zona en la que se ubican cientos de viviendas, hechas y de futura construcción. También se encuentra en este lugar un edificio de la policía que, de progresar la decisión judicial, estaría fuera del plan.

Desde el concello ya se ha anunciado que presentarán un recurso de casación contra la decisión del TSXG. Además insisten en que el fallo sólo afecta a dos parcelas de esta urganización del barrio de A Ponte.

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El Pais.com.05/04/2007 .-El Tribunal Superior anula la urbanización de la zona de expansión de Ourense. El Ayuntamiento agrupó solares y concedió la edificabilidad a un promotor y las cargas a los vecinos
CRISTINA HUETE - Ourense -


El Tribunal Superior de Xustiza ha declarado nula la urbanización de 75.000 metros cuadrados de una importante área de expansión de Ourense en el barrio de A Ponte, incluida en el Plan Xeral de Ordenación Municipal. El complejo alberga un centenar de viviendas, zonas verdes, la nueva sede de la Policía Local y el vial que va a la estación del tren. El fallo se produce a instancias de los afectados por la recalificación, que el Ayuntamiento realizó con "una argucia legal para juntar varios solares en uno solo y modificar la edificabilidad, que concedió a un promotor".


La sentencia del alto tribunal indica que si los demandantes hubieran pedido la nulidad del plan general en su conjunto, la habría concedido. El plan urbanístico de Ourense, aprobado en 2003 por el grupo de gobierno del Ayuntamiento (PP), "favoreció en el barrio de A Ponte los intereses de un particular por encima de los públicos", señala el portavoz del BNG y candidato a la alcaldía, Alexandre Sánchez Vidal.

Sánchez Vidal asegura que el Ayuntamiento "amañó un acuerdo con un promotor de forma que aprobó la segregación del polígono urbano en varias parcelas y concedió a un promotor la destinada a la edificación mientras que a los particulares les concedió la otra en la que no sólo no les otorga edificabilidad, sino que les impone la cesión de los viales, el pago de la construcción de una carretera de 20 metros de ancho y el acondicionamiento de la zona verde".

El portavoz nacionalista asegura que como miembro de la comisión de Urbanismo alertó en reiteradas ocasiones al grupo de gobierno de esta irregularidad "pero al actual alcalde y candidato del PP, Enrique Nóvoa, le da por decir que no es político, sino electricista, y resulta que no es más que un incompetente". Sánchez Vidal destaca que con su actuación, Nóvoa ha provocado la "inseguridad e incertidumbre de promotores ajenos a esto y de cientos de familias orensanas que han comprando pisos en esa zona y que tienen ahora un futuro incierto".

El BNG señala que el actual regidor dejó sin contestar, en su etapa de concejal de Urbanismo, los recursos de reposición que durante cuatro años le plantearon los vecinos afectados de esta zona "generando con su silencio un problema de gran magnitud". "El candidato del PP no puede ampararse en que fue abducido durante todo este tiempo", protesta.

En el caso de que se apruebe el derribo de los cientos de edificaciones construidas, "el Ayuntamiento tendría que indemnizar con cantidades millonarias, de las arcas municipales, a los afectados", destaca el edil, "como consecuencia de una actuación de connivencia y trato de favor del grupo de gobierno hacia el promotor".

Además de a las viviendas, la sentencia afecta a importantes dotaciones públicas de la ciudad ejecutadas en esta zona próxima al centro: el edificio de la Policía Local, una parte del área del planeamiento de la zona del Puente del Milenio y el nuevo vial que comunica con la estación del ferrocarril, que en el futuro será la del AVE.

El PSdeG sostiene que sentencias como ésta ratifican su decisión de denunciar el plal general "porque es especulativo y sólo favorece intereses particulares". El portavoz y candidato socialista a la alcaldía, Francisco Rodríguez, advierte que éste "sólo es un capítulo más y no sabemos lo que nos depara el futuro". Explica que la "operación especulativa" que el PP llevó a cabo en A Ponte consistió "en modificar en el plan el área de reparto a suelo urbano consolidado para no pagar la cesión a la que obliga la ley no hacer vivienda protegida ni pagar la urbanización".

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Gondomar

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Faro de Vigo.es.-21-4-2007.-Los dos ex ediles de Gondomar se libran de la cárcel, pero se enfrentan a una inhabilitación. El fiscal a cargo del caso de supuesta corrupción urbanística les imputa delitos de cohecho que no implican penas de prisión.


U. Foces / VIGO


No irán a la cárcel. Los dos ex concejales del gobierno local gondomareño José Luis Mosquera y Alejandro Gómez, así como la compañera sentimental del primero y el arquitecto vigués Borja Ramilo, detenidos en febrero por una supuesta corrupción urbanística en Gondomar, no irán a prisión aún en el caso de ser juzgados y considerados culpables. La razón es que se les imputan tres delitos de cohecho a cada uno de los concejales y también al arquitecto. Este figura penal está castigada con una inhabilitación que, de no existir agravantes (como parece ser en este caso), implica la suspensión de empleo o cargo público de 6 meses a 3 años.


El Juzgado Número 6 de Vigo que instruye las diligencias por la supuesta corrupción urbanística de Gondomar ha dado por concluida la investigación y no tiene previsto citar a nadie más tras la declaración de los cuatro imputados y los propietarios, promotores e intermediarios de las tres fincas que dieron origen al caso y que se ratificaron ante la juez de la petición de dinero para acometer las edificaciones que tenían previstas.


El siguiente paso será dar traslado de las diligencias a las partes para la calificación de los hechos, salvo que prospere algún recurso de las partes y se pidan nuevas imputaciones.
La Fiscalía de Ordenación del Territorio, que desarrolló de oficio toda la investigación a raíz de la denuncia de uno de los promotores a quienes se requirió una cantidad económica para construir varios chalés, presentará el único escrito de acusación.
Al igual que en un primer momento, las imputaciones finales de la fiscalía serán de autoría y coautoría de tres delitos de cohecho para cada uno de los varones. La novia del edil Mosquera podría no ser imputada. Su relación con el caso responde a que acompañaba al concejal cuando éste recibió del promotor que actuó como "gancho" un sobre con el dinero que ella guardó en su bolso.
Las declaraciones de imputados y testigos, colocan al edil de Cultura, José Luis Mosquera, en el centro de la operación desarticulada por la Fiscalía, si bien las pruebas practicadas por el Juzgado de Instrucción 6 avalarían la tesis de la Fiscalía, lo que conlleva la imputación contra el edil de Urbanismo, Alejandro Gómez.
El juicio, que se prevé largo, será con jurado popular, a tenor de lo dispuesto en la legislación para aquellas autoridades o funcionarios públicos (caso de los dos ediles) "que solicitaren dádiva o presente, o admitieren ofrecimiento o promesa para realizar un acto propio de su cargo o como recompensa del ya realizado". La pena, además de inhabilitación hasta 3 años, puede conllevar una multa del triplo del valor de la dádiva. En el caso del arquitecto la acusación tendrá que estudiar la petición de una inhabilitación especial. Ésta es una de las pocas ocasiones en las que un profesional ajeno a las administraciones aparece involucrado en el eje central de una posible trama urbanística.
Las diligencias, prácticamente concluidas, se cierran con una de las personaciones modificadas. El PP, partido bajo cuyas siglas gobernaban los dos ediles, se personó como acusación particular, si bien su propuesta fue rechazada por la juez por un defecto de forma, y es que si quieren personarse tendrán que hacerlo mediante una querella y acusar.

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Carballo


El Correo Gallego.-29-3-2007.- Polémica: Carballo no atendió los cambios que la Xunta propuso al PXOM
El edil de Urbanismo califica de "chapuza" el documento aprobado en 2003 ·· Los informes de Carreteras, del arquitecto y el secretario municipal eran negativos ·· A pesar de ello todos los grupos votaron a favor del Plan Xeral
J. M. R. • MUXÍA
La anulación del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) de Carballo por parte del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia viene motivada, entre otras causas, porque no se realizaron todas las modificaciones que la Consellería de Política Territorial propuso en su informe que, aunque era favorable, ponía como "expresa condición" subsanar "la totalidad de las observaciones" reseñadas en el mismo.

Además, según se desprende de la sentencia de la TSXG, tanto los informes de la oficina técnica municipal, como de Carreteras y del secretario "eran negativos", por lo que, el Tribunal Superior deja entrever en su sentencia que la Xunta fue muy "generosa" a la hora de emitir un informe favorable.

El actual edil de Urbanismo, Andrade Cristóbal (CDI), que en 2003 no formaba parte de la Corporación que aprobó por unanimidad el Plan, aseguró que su partido había remitido un escrito al Concello "pidiendo que no se aprobase porque los informes que teníamos decían que las cosas se estaban haciendo mal".

Cristóbal recordó que ya en su día apuntó "que el plan iba a caer", y calificó de "chapuza" la decisión adoptada en 2003 por todos los grupos con representación en el Concello "motivada por la proximidad de unas elecciones municipales".

Caride, en el Parlamento

Por su parte, desde la Consellería de Política Territorial aseguraron que el Plan Xeral aprobado por el Concello carballés en mayo de 2003 se hizo al amparo de la Ley del 1997, por lo que, al contrario de lo que sucede actualmente "la aprobación definitiva recaía en las corporaciones locales".

Ayer en el Parlamento durante una intervención sobre el PXOM de Vigo, la conselleira María José Caride, justificó la actuación estricta que está manteniendo su departamento en los últimos meses al analizar los planes general. En este sentido aseguró que la anulación del PXOM de Carballo "pon de manifesto que a Consellería ten que facer o seu traballo para garantir a seguridade xurídica".

LA OPINIÓN TÉCNICANo afectará a las licencias

La anulación del PXOM no afectará a las licencias concedidas desde el año 2003, y no impedirá conceder otras nuevas, al menos en la "gran mayoría de los casos, si bien habrá que actuar con cierta prudencia en otros", según indicó Evencio Ferrero, tras una reunión mantenida con un experto en Urbanismo, a la que asistieron los portavoces de todos los grupos políticos. El regidor aseguró además que lo "normal" es que se admita a trámite el recurso de casación y, por ello, reiteró que "estaríamos en la misma situación que hace tres días". Insiste en que debe mantenerse la tranquilidad y anunció que el sábado habrá una reunión con los sectores afectados.

Por su parte, Manuel Andrade confía en que se apruebe lo antes posible la revisión del Plan que promovió su departamento, para regularizar la normativa definitivamente.

El Correo Gallego.-28-3-2007.- Una sentencia anula el Plan Xeral de Carballo aprobado en el 2003


El TSXG entiende que los datos aportados por el Gobierno gallego son insuficientes ·· El Concello recurrirá ante el Supremo ·· Pedirá informes para conocer la repercusión sobre las licencias ·· La revisión del PXOM podría ser la solución

J. M. R. • MUXÍA
Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anuló el Plan Xeral de Ordenación Municipal de Carballo que había sido aprobado en mayo de 2003. El fallo se produce tras un recurso presentado ese mismo año contra la aprobación de dicho plan, por parte del presidente de la Asociación de Vecinos San Cristovo, de Lema ( Baldaio), José Luis Pacoret Regueira.

El alcalde, Evencio Ferrero, y los portavoces de los cuatro grupos municipales representados en la Corporación comparecieron ayer en rueda de prensa para analizar la resolución judicial que, según el regidor, se basa únicamente en "cuestiones de procedimiento". Así, el Tribunal Superior entiende que los informes aportados por la Xunta, a pesar de ser todos ellos favorables, son insuficientes.

Ferrero reconoció que se trata de una noticia de "impacto" y que puede generar desconcierto, pero quiso enviar un mensaje tranquilizador a los vecinos porque "este Concello está libre de toda sospecha urbanística", a la vez que recordó que el Plan Xeral fue apoyado, de forma unánime, por todos los partidos.

Además, el alcalde confirmó que el Concello presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo y, para ello, recabará los pertinentes informes jurídicos con el fin de conocer también cómo puede afectar la resolución judicial a la concesión de nuevas licencias.

Gobierno local y oposición confían en que el fallo del TSXG no tenga efecto alguno, pues esperan que antes de que el Tribunal Supremo resuelva el recurso de casación esté aprobada la revisión del Plan Xeral que se está tramitando, y que dejaría resueltos todos los problemas.

El alcalde señaló que pedirán reuniones con la Consellería de Política Territorial para que agilice los trámites de dicha revisión, ya que entiende además que la propia Administración autonómica "es parte codemandada en este proceso".

LOS DATOS:

Más de 20 recursosContra la aprobación del Plan Xeral de Carballo fueron presentados más de veinte recursos contenciosos-administrativos, algunos de los cuales ya fueron desestimados, y otros estimados en parte. Además, también los hay pendientes de resolución por parte del TSXG.

Contrario a DerechoEl fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acerca del recurso presentado por la entidad vecinal entiende que el acuerdo de aprobación del Plan Xeral "es contrario a Derecho".

Normas subsidiarias En caso de que el Tribunal Supremo ratifique la decisión del TSXG y la revisión del Plan Xeral no haya sido aprobada para entonces, el alcalde, Evencio Ferrero, señaló que se volverían a aplicar las normas subsidiarias anteriores al PXOM .


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La Voz de Galicia.com.-21-decembro de 2006.-El TSXG ordena a Fernández tramitar la demolición de parte de un edificio. El Concello, demandado por otorgar la licencia, puede recurrir el nuevo fallo judicial. Otorga un mes de plazo al alcalde de Silleda para iniciar el proceso, del que debe informarle



(Lugar: la voz | lalín)
?na resolución judicial dictada por la sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) requiere al alcalde de Silleda, José Fernández, que en el plazo de un mes proceda a iniciar los trámites de cara a la demolición de parte de un edificio situado en la esquina de las calles Emilio Alonso Paz y José Antonio. En la providencia, establece que el Concello de Silleda debe informar, además, a la sala del TSXG del desarrollo de esta tramitación.

La nueva resolución judicial indica que es necesario cumplir el fallo que fijaba la demolición de parte del inmueble mientras no se plantee que no se puede ejecutar. «Mientras no se platee en el proceso específico incidente de inejecutabilidad de sentencia, deviene obligada la ejecución de la sentencia resolutoria del presente proceso, en cuanto a las consecuencias de demolición que de la misma deriven», indica la providencia. Es por ello, que requiere al Ayuntamiento de Silleda, en la persona de su alcalde-presidente, que inicie el proceso de cara a derribar parte de la edificación. Contra la resolución dictada, las partes implicadas tanto el Concello (el demandado) como la firma propietaria del inmueble Gumadeza (codemandada), pueden presentar un recurso de súplica ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

El anterior fallo judicial, dictado por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra, ordenaba la demolición de la cuarta planta y de dos metros del fondo de la edificación ya que tiene veinte y el Plan Xeral vigente pone el límite en dieciocho ya que no era legalizable. En la resolución, de finales de mayo y que fue recurrida, se anulaba además la licencia otorgada por el Concello de Silleda el 21 de abril del 2005 para legalizar el inmueble por el que hay litigio desde hace ocho años. El juzgado provincial estimaba que el Concello al otorgar el permiso para la edificación pretendía «defraudar» la ejecución del fallo del TSXG de noviembre del 2002 en la que se anulaba la licencia municipal otorgada por el Concello en 1998 para la construcción de la edificación en la esquina de las calles Alonso Paz y José Antonio.

Largo proceso

Desde el año 1998, el inmueble se encuentra en los juzgados. Manuel Pena presentó entonces un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de la comisión de gobierno al entender que sus características no se adaptaban a la legislación urbanística. El TSXG estimó su recurso en el 2002 y anuló la licencia, y con posterioridad, se anuló el permiso que legalizaba la construcción.

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MIÑO -A CORUÑA

La Opinioncoruna.27 de abril de 2006.-
LOS JUECES ESTIMAN LA DEMANDA CONTRA UNA PROMOCIÓN DE 1.500 VIVIENDAS
Un tribunal anula la concesión a Fadesa de una urbanización en Miño


El Tribunal Superior de Galicia ha estimado el recurso que presentaron los expropiados contra el acuerdo del Ayuntamiento por el que se adjudicaron la obras a la inmobiliaria.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido una sentencia que supone la anulación de la adjudicación que hizo el Concello de Miño a Fadesa Inmobiliaria en 2002 para construir una urbanización entre Perbes y San Xoán de Vilanova, una de las de mayor dimensión de Galicia, con 1.500 viviendas, un campo de golf de 18 hoyos y un hotel.

Los jueces han estimado el recurso que presentó la asociación de afectados por las expropiaciones para ejecutar este sector residencial contra la resolución del Ayuntamiento de adjudicar la concesión a Fadesa pero desestimaron la impugnación del acuerdo plenario que supuso la elección del sistema de expropiación, en lugar del de compensación, para desarrollar este ámbito.

Esta sentencia, emitida el mes pasado, plantea dudas sobre cómo será aplicada y si supondrá la paralización o no de las obras que se llevan a cabo en esta zona, donde Fadesa ya ejecutó el 70% del proyecto de urbanización y el 50% del campo de golf. Los responsables de la entidad, según confirmaron hace unas semanas, preveían iniciar la siembra del césped del campo, los ocho primeros hoyos (de los 18 totales) en cuanto se acercase el verano y mejorase el tiempo. La empresa pidió autorización al Concello para abrir el campo de golf el pasado mes de enero. También anunciaron que antes de finalizar este año entregarían las primeras viviendas. La resolución del Tribunal Superior es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La superficie de actuación ocupa 160 hectáreas; dicho de otro modo, 160 campos de fútbol; es decir, el 4,5% de la superficie del ayuntamiento de Miño. La edificabilidad sobre la superficie total de este ámbito es de 0,20 metros cuadrados por metro cuadrado y la densidad, 8,5 viviendas por hectárea. En total Fadesa prevé construir 272 chalés pareados y 172 adosados; 384 pisos y apartamentos; además de 392 parcelas para vender individualmente. El presupuesto total es de 30 millones de euros y el plazo de ejecución, 30 meses.

Los afectados por las expropiaciones presentaron un contencioso en 2002 en el que impugnaban la elección del sistema de expropiación porque varios propietarios ya habían llegado a un acuerdo con una inmobiliaria para desarrollar esta urbanización por el sistema de compensación. También recurrieron la aprobación en pleno del pliego de bases al entender que dicha aprobación no podía haberse realizado antes de que se aprobase el plan general de ordenaci&o